Si se da el caso, debemos estar dados de dado de alta en el régimen especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y en el Régimen General de la Seguridad Social.
Cotización
Cuando se cotiza por contingencias comunes más de 13.822.06 euros al año, se puede optar a una devolución del 50% del exceso de cotización. Sin embargo, esta medida es cada vez menos solicitada. Esto es porque la bonificación es incompatible con otras ayudas, como la tarifa plana o la propia bonificación por pluriactividad.
Y es que los autónomos en pluriactividad deben investigar lo que más les compensa. No es posible acceder a más de una bonificación, por lo que, al tener derecho a todas, hay que optar por la que más interese.
Pensión
Cuando hay una situación de pluriactividad se puede tener derecho a dos pensiones de jubilación. Pero, depende del tiempo que hayas trabajado como asalariado y como autónomos.
Aunque lo cotizado “extra”, no se pierde, se añade a lo del régimen al que corresponda la pensión.
Fiscalidad en autónomos y pluriactividad
En el caso de asalariado, el IRPF se deberá declarar como rendimientos del trabajo.
En lo que respecta a la declaración como autónomo es preciso presentar el IVA y el IRPF de manera trimestral, así como incluir los rendimientos generados en la actividad.