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El permiso de paternidad en autónomos: duración y requisitos

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Actualmente, la normativa establece un periodo de descanso para el autónomo «coincidente, en lo relativo tanto a su duración como a su distribución, con los periodos de descanso laboral establecidos para los trabajadores por cuenta ajena».

Los días de paternidad de los que pueden disfrutar los autónomos es de 28 días naturales, es decir, 4 semanas ininterrumpidas. Ampliable en 2 días más por cada hijo a partir del segundo.

Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial.

Por otro lado, la madre puede ceder hasta 10 semanas de su permiso al padre. Por lo que ambos podrían disfrutar de este permiso simultáneamente.

¿Cuánto cobrará el autónomo durante su permiso de paternidad?

Según informan desde la Seguridad Social, el profesional por cuenta propia cuenta con una prestación económica equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes. Cuya cantidad diaria, es el resultado de dividir la suma de las bases de cotización durante los 6 meses inmediatamente anteriores al del hecho causante entre 180. A no ser que el autónomo no haya estado de alta durante ese periodo. En este caso se dividen las bases de cotización acreditadas en ese periodo entre los días en que el trabajador haya estado dado de alta.

Esto quiere decir que el profesional cobrará, si escoge un periodo de cuatro semanas de baja, en torno a los 919 € / mes (si cotiza por la mínima). Si sólo seleccionara quince días, cobraría la mitad. La ayuda, por tanto es directamente proporcional a los días finalmente aprovechados.

Bonificaciones en baja por paternidad

Además, de lo anterior, durante el mes de baja el autónomo estaría exento de pagar su cuota mensual a la Seguridad Social. Este derecho ha sido recientemente adquirido, tras la aprobación de la nueva ley de autónomos. Hasta ese momento, era necesario acceder a la contratación de un sustituto para poder tener derecho a esta bonificación. Ahora no será necesario y la exención del 100% de la cuota es automática.

Requisitos generales para acceder a la baja por paternidad

  • Estar afiliado en la S.S y dado de alta en Hacienda.
  • Estar al corriente en los pagos de las cuotas
  • Mínimo de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores o 360 días en toda la vida laboral.
  • Comunicar el nacimiento en un plazo de 15 días.

Si no es tu caso, tienes 20 días para regularizar tu situación, y poder acceder a la baja reconocida legalmente y a sus ventajas.