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Obligación de cobrar las bolsas de plástico

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Desde el pasado día 01 de julio, la entrega gratuita de bolsas de plástico a los consumidores está prohibida. A esta prohibición hay dos excepciones, las bolsas muy ligeras y las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado. Las demás bolsas, las comunes, deben cobrarse.

El precio establecido por el gobierno es orientativo y va en función de las micras de espesor de las bolsas:

BOLSAS DE ESPESOR INFERIOR A 15 MICRAS (que no sean destinadas a envasado primario de alimentos a granel, carne, fruta, pescado…es decir, bolsas muy ligeras que se utilicen para prevenir el desperdicio de alimentos o por razones de higiene): 0.05€

BOLSAS DE ENTRE 15 Y 49 MICRAS: 0.15€

BOLSAS DE ESPESOR IGUAL O SUPERIOR A 50 MICRAS: 0.15€

BOLSAS DE ESPESOR IGUAL O SUPERIOR A 50MICRAS, CUYA COMPOSICIÓN DE PLÁSTICO RECICLADO SEA IGUAL O SUPERIOR AL 50€, PERO INFERIOR AL 70€: 0.10€.

Los comerciantes deben informar a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolo al público en lugar visible e incluyendo una referencia al cumplimiento de las obligaciones contenidas en la normativa de aplicación (Se adjunta modelo de letrero)

En años sucesivos, la regulación sobre la entrega de bolsas a los consumidores se hace más restrictiva:

01.01.2020:

– Se prohíbe la entrega de bolsas de plástico fragmentable.

– Las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras, deben tener como mínimo un 50% de plástico reciclado.

01.01.2021:

– Queda prohibida la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras, salvo las de plástico compostable.