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Reclamar gastos de hipoteca al banco: ¿Por qué puedo recuperar estos gastos?

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Reclamar los gastos de hipoteca al banco es posible gracias a la sentencia 705/2015 del Tribunal Supremo que condena a la entidad BBVA por entender que estas cláusulas son abusivas.
Seguramente usted también tuvo que asumir los gastos de formalización de hipoteca cuando suscribió su préstamo. Esta obligación era del banco y no suya, hasta ahora los consumidores no han podido hacer nada, pero ya no es así. Usted ha estado pagando de más, como ya ocurrió con las claúsulas suelo que tenía su hipoteca.

¿Qué gastos hipotecarios podemos reclamar?

Gastos notariales de constitución de la hipoteca: sería sobre todo la factura de la notaría correspondiente a la escritura del préstamo hipotecario y cualquier otro documento notarial que se necesite para dar legalidad al contrato.
Gastos por la inscripción en el registro: la factura del registro de propiedad por la inscripción de la hipoteca tiene que pagarla el banco y por lo tanto podemos reclamársela.
Gastos de autoliquidación (pago) del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD): se trata de un gravamen que se aplica a todos los actos formalizados en documentos públicos, inscribibles y con cuantía economía como es el caso de las compraventas de viviendas y las hipotecas. Su cuantía puede variar en función del valor de la hipoteca, por lo que el IAJD suele ser la partida más importante en cuanto a dinero de los gastos de formalización.
La discusión surge en el pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Dado que la ley establece claramente que el sujeto pasivo de ese impuesto es el prestatario (el consumidor en el caso de la hipoteca). Siendo esto así no podemos pasar por alto que, como ya hemos señalado, el único beneficiado de todo el procedimiento es el banco, y quien obliga a elevar a público el préstamo es el banco, de forma que siendo un gasto que se genera por voluntad del banco, podría llegar a entenderse que es el banco quien tiene que afrontar el pago.
Gastos por estudios previos: tanto los estudios de las condiciones financieras del o la solicitante, cuando los hubiere, como la tasación de la vivienda y otros gastos donde intervengan peritos, deben correr a cuenta del banco y no del usuario.
Gastos de gestoría: siempre y cuando se haya utilizado la gestoría propuesta por el banco, los mismos correrán a cargo de la entidad. En caso de que haya sido el cliente quien haya contratado a una gestoría de su confianza, deberá correr con este gasto.

¿Quién puede reclamarlos?

Cualquier persona que tenga vigente un préstamo hipotecario o incluso que haya terminado de pagarlo puede reclamar sus gastos. Y en el caso de que tu hipoteca sea anterior a la sentencia del supremo, se puede reclamar porque se trata de una cláusula abusiva que infringe el derecho español y europeo.

¿Cómo reclamar los gastos hipotecarios?

La forma de proceder en cualquier caso pasa por hacer una reclamación inicial a la entidad bancaria en la que le pongamos de manifiesto la existencia de la cláusula abusiva, solicitemos su anulación y pidamos que nos devuelvan las cantidades que debían haber sido pagadas por el banco y que nos cobraron en virtud de una cláusula abusiva. Solo en el caso de que recibamos una contestación negativa deberemos emprender otro procedimiento. Desgraciadamente, hasta el momento, las entidades bancarias se niegan a asumir el pago de todas estas cantidades y solo cuando son condenados judicialmente abonan las cantidades.

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