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LA TRIBUTACIÓN DE LOS PREMIOS DE LOS SORTEOS

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Antes del 5 de julio de 2018, los premios de loterías y apuestas organizados por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles, estaban exentos de tributar si no superaban los 2.500€. A partir de la citada fecha, están libres de impuestos si no superan los 10.000€ en 2018, de los 20.000€ en 2019 y 40.000€ a partir de 2020.

Si le tocase un premio de Lotería de Navidad de menos de 10.000€, no tendría que pagar nada a Hacienda por ello, y muy importante; si le tocase un premio superior, repartido en varias participaciones, y ninguno de ellos superara los 10.000€, aunque su suma sí lo hiciera, tampoco tendría que tributar.

Si un solo premio sí lo superase, habría que descontarle el 20%, que ya lo retendría de forma automática el organismo correspondiente (Loterías y Apuestas del Estado, Cruz Roja Española, etc).

Les deseamos mucha suerte, pero no solo para el Sorteo de Navidad, sino en todos aquellos sorteos en los que participe, y por supuesto, en su día a día.